Inicio
Tasa de visado
Solicite cita
Servicio de mensajería
Verifique su pasaporte
Descarga de formularios
Documentación necesaria
Días festivos
Vínculos de interés
Preguntas frecuentes
Especificación de fotos
Contacte con nosotros
Comentarios / Sugerencias
English
Українська
 

ANUNCIO IMPORTANTE

LA EMBAJADA DE ESPAÑA EN KIEV TRAMITARA LAS SOLICITUDES DE VISADO EN CINCO DIAS LABORABLES

A partir del 23 noviembre de 2009 la Embajada de España en Kiev ha tomado medidas para resolver las solicitudes de visados en cinco dias laborables. Para más información Pulse aquí

HORARIO PARA ENTREGA Y RECOGIDA DEL CENTRO DE VISADOS

A partir del 16 noviembre de 2009 el Centro de Visados en Kiev anuncia la ampliación del horario de presentación y recogida de sus solicitudes para todos los solicitantes de visado. La presentación de solicitudes de visado así como la recogida de las resoluciones será posible entre las 08:30 y las 15:30 horas, dando siete horas de se servicio interrumpido.

Desde el 17 de febrero 2010 se ponen en efecto los nuevos requisitos para la presentación de las solicitudes de visado y la obtención de pasaportes por los representantes (por tercera persona). Para obtener más información, haga clic aquí

Estimados Señores.

De acuerdo con las normas de la Embajada de España, el plazo de resolución no será inferior a 5 días hábiles, por lo que deberá asegurarse de que la fecha de viaje es posterior a dicho plazo de resolución. En caso contrario, su solicitud no podrá ser tenida en cuenta.

La Embajda de España en Kiev informa a los solicitantes de visado Schengen (turismo, negocios, tránsito, invitación, simposios y congresos) que tiene también la posibilidad de presentar sus solicitudes de visado directamente en la Sección de Visados de la Embajada de España, siendo imprescindible la petición de cita previa.  

Anuncio importante

Por favor, tengan en cuenta que:

  • Deberán presentar dos fotocopias de la totalidad de las páginas del pasaporte externo.
  • Fotocopia de la totalidad de las páginas de los pasaportes externos anteriores.
  • Fotocopia de todas la páginas del pasaporte interno, incluidas las páginas en blanco.
  • No se aceptarán pasaportes prolongados.
  • El pasaporte deberá contar con la menos dos páginas libres y tener una validez de superior a tres meses y superar en un mes la fecha de la expiración del visado solicitado.
  • La solicitud deberá ser presentada por el propio solicitante o personal autorizada al efecto, en cuyo caso, deberá contar con un poder notarial para ello.
  • En el supuesto de presentación de solicitudes que afecten a grupos, cada expediente individual deberá contar con toda la documentación relacionada en los requisitos.
  • Las fotografías deberán cumplir con los requisitos que se especificarán más adelante.

De conformidad con lo anteriormente expuesto, el Centro de Visados no podrá aceptar solicitudes que se ajusten a lo establecido y principalmente.

  • Si las fotografías han sido escaneadas, o no cumplen con la normativa.
  • Si la fecha prevista de viaje es anterior a 8 días hábiles o posterior a tres meses.
  • Si el pasaporte se encontrase en mal estado, hubiese sido manipulado, no tuviese validez o páginas suficientes.

Recuerden que al haber sido ya resuelto el expediente y serles entregada la documentación en el Centro de Visados deberán cerciorarse que, efectivamente, están recibiendo su pasaporte y demás documentación, por lo que se les solicitan abran el sobre y confirmen dichos extremos. 

En el siguiente vínculo pueden Vds comprobar los seguros de viaje y compañías aseguradoras que serán aceptados.

Modelos de declaración a cumplimentar por los solicitantes o sus representantes. Para descargar el modelo de declaración pulse aquí.

PROCEDIMIENTO DE COBRO DE TASAS CONSULARES:

Los solicitantes de visado (grupos o individuales), una vez presentada la solicitud de visado en el Centro de Visados, deberán acudir a la Embajada de España para, antes de las 14.00 horas, abonar las tasas de visado en dólares USA. Para ello los solicitantes o sus apoderados se presentarán en la Embajada de España, antes de las 14.00 del mismo día, con el formulario de solicitud de visado. Recuerde que en el Centro de Visados únicamente debe abonar el cargo adicional por el servicio de recogida de la documentación.

La Embajada de España sólo es competente para tramitar las solicitudes de:

  • Ciudadanos ucranianos.
  • Residentes legales permanentes en Ucrania (con una estancia mínima de seis meses).

La Embajada de España en Ucrania no tramitará las solicitudes de ciudadanos ucranianos no residentes en Ucrania. Contacten, por favor, con la embajada o Consulado de España de su país de residencia.

Están exentos de la solicitud de cita previa:

  • Viajeros en situación de emergencia (por ejemplo, funerales, tratamientos médicos urgentes, etc..)
  • Trabajadores con autorización de contrato de trabajo
  • Estudiantes

Para obtener una cita haga click en el siguiente vínculo Cita para una entrevista. O llame al (+38) 0 44 594 96 18 O (+38) 0 50 117 9003, de 08.00 a 18.00 de lunes a viernes.  

PLAZO DE RESOLUCIÓN:

  • Marineros, de acuerdo a la fecha de embarque, pero no antes de 3 días hábiles
  • Agencias turísticas: 5 días hábiles
  • Solicitantes individuales: 5 días hábiles
  • Solicitud de visados de estudios de más de 90 días: Llamen a la Embajada y soliciten una cita previa (+38) 0 44 501 06 00 /01/02/03/04/05/06.

Tengan en cuenta que los plazos de resolución son plazos mínimos que podrán ser prorrogados por la Embajada de España cuando las circunstancias que concurran así lo aconsejen. 

El Centro de Solicitud de Visados de Espana implementa el servicio SMS para los solicitantes. Haga clic aquí para obtener la información adicional.

Información para representantes, grupos y agencias

Los representantes de agencias de viajes o de grupos de viajeros que cuenten con la acreditación necesaria para el pagos de las tasas, deberán presentar una lista en la que figuren todos los solicitantes con nombre y apellidos y nº de pasaporte.